El pasado viernes 19 de marzo de 2021, con la participación de autoridades de los tres niveles de gobiernos descentralizados de la región Amazónica se desarrolló la «X Cumbre Amazónica».
El Presidente del CONAGOPARE Morona Santiago Danny Marín Salinas en representación de los Gobiernos Parroquiales Rurales de la Amazonía enfatizó la deuda que el Gobierno Central mantiene con los GADs, en su discurso se refirió a los Asambleístas electos para que luchen por los recursos que pertenecen a la Amazonía.En esta Asamblea se tomaron la siguiente resolución:Artículo 1.- Exigir la derogatoria del Artículo 62 del Reglamento de la Ley Amazónica, y que se establezca que los recursos no comprometidos en ese año se acumulen para invertirlos en el siguiente año fiscal. Artículo 2.- En el plazo de 15 días de haberse suscrito la presente resolución, sean cancelados los recursos concernientes al Fondo de Desarrollo Sostenible Amazónico correspondiente al año 2020 establecido en la Ley Amazónica. Artículo 3.- Que el Ministerio de Energía y Recursos no Renovables liquide los recursos correspondientes a la comercialización del mercado interno, y se asigne por cada barril de petróleo extraído de la Circunscripción Territorial Amazónica, conforme el pronunciamiento dado por parte de la Procuraduría General del Estado al COMAGA mediante oficio Nro. 11666 de fecha 22 de diciembre del 2020. Artículo 4.- Exigir al Ministerio de Transporte y Obras Públicas se intervenga de manera inmediata en la reparación, mantenimiento y construcción de los tramos faltantes de La Troncal Amazónica y las vías alternas que dan conexión a la Amazonía con otras regiones. Artículo 5.- Que se dé cumplimiento estricto al Artículo 118 del COPLAFIP referentes al Modelo De Equidad Territorial y que no se realicen recortes presupuestarios superiores al indicado; así también se reintegre los valores liquidados indebidamente en el año 2020. Artículo 6.- Se cumpla con la creación de las Universidades en las provincias amazónicas de SUCUMBIOS, ORELLANA, MORONA SANTIAGO Y ZAMORA CHINCHIPE. Artículo 7.- Que los excedentes de las utilidades generadas por las empresas hidroeléctricas durante los años 2015 al 2018, sean liquidados y transferidos a los Gobiernos Autónomos Descentralizados que son beneficiarios de acuerdo a la ley de la materia. Artículo 8.- Exigir al Ministerio de Economía y Finanzas que a través del Banco de Desarrollo proceda al desembolso de los recursos no reembolsables comprometidos en el año 2018 a favor de los Gobiernos Parroquiales Rurales. Artículo 9.- Exigir al Ministerio de Finanzas la devolución total, directa e inmediata de los valores de IVA pagados por los Gobiernos como también su devolución de los pendientes según las resoluciones aprobadas por el Servicio de Rentas Internas.